Por: Dicky Panay

Desde finales de los años noventa y todo el inicio del presente siglo  los diagnósticos sobre el estado de la gestión pública indican la necesidad de cambios profundos en todos los niveles de la administración pública, en forma y contenido.

La administración local no escapa de este proceso. La aprobación de la ley 37, suspendida en su aplicación la no reforma integral de las leyes 105 y 106, la posterior modificación de la ley 37 antes de su entrada en vigencia vigencia y las medidas durante la crisis del COVID 19 han acumulado un conjunto de procesos que hoy día retrasan el desarrollo democrático de los gobiernos locales.

Esta realidad no ha sido comprendida con suficiente claridad ni por las autoridades nacionales ni las locales pero si está siendo comprendida de manera instintiva por las comunidades que ya comienzan a mostrar señales de inconformidad. No son conspiraciones son demandas políticas de una sociedad en transformación que exige mayor participación y más eficiencia y educación así como transparencia de la gestión local.

Desde aspectos filosóficos conceptuales y políticos hasta administrativos deben ser analizados y para retomar el proceso de cambios institucionales para impulsar el desarrollo local. La corrección de las notorias diferencia en el desarrollo de los diferentes componentes territoriales de la geografia nacional estan vinculados a la capacidad de genera procesos de desarrollo local sostenible.

La base filosófica de la constitución nacional determina que Panama es un país unitario, administrativamente dividido en provincias, comarcas, distritos y corregimientos que gestionan en coordinacion. La provincia esta coordinada por un gobernador, el distrito por un alcalde y el corregimiento por un representante de corregimiento estod dos últimos elegidos democraticamente cada cinco años ambos con responzabilidades especificas sobre la coordinación del desarrollo territorial.

El representante tiene tres sombreros: Es miembro del Concejo Provincial, es concejal del distrito y es representante de corregimiento en la vida real solo gestiona como representante de corregimiento.

Esta realidad ha impedido posesionar al municipio de una capacidad estratégica para impulsar procesos de desarrollo local al producirse competencias por los recursos y las estrategias de infraestructuras territoriales entre autoridades locales ante la ausencia de reglamentación espefica.

El alcade es el administrador de la comuna municipal con funciones especificas normalmente con poco presupuesto y limitado por las demandas de las juntas cumunales. Y auque la ley dice que cada municipio debe tener un plan de desarrollo presentado por el alacalde  los primeros séis meses de cada período electoral para la aprobacion del concejo municipal. Aunque esto se da en la mayoria de los municipios en la realidad cotiniana de la vida municipal no se cumple porque todo termina en una apuesta individual de realizacion de propuestas electorales creadas en el calor de la campaña previa a la gestión.

Este escenario nos permite una la conclusión inicial la forma de gestionar lo local y la asignación de recursos no correponde a la realidad ni a el desarrollo local  que el país necesita y mucho menos al desarrollo democrático que la sociedad panameña requiere.

El cambio de la estructura institucional panameña en el ámbito local se convierte en un paso  obligatorio y necesario para lograr dos objetivos fortalecimiento de el proceso democrático desde la base social e impulsar el desarrollo local que logre reducir los desequilibrios territoriales nacionales.

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