La Fiscalía Superior Anticorrupción concluyó que la denuncia presentada por el vicealcalde Roberto Ruiz Díaz, contra Alejandro Miranda carece de fundamento legal y se sustentó en afirmaciones falsas.
El Auto de Archivo Provisional N.º 668-2025 fue claro: no existe evidencia alguna que sustente la supuesta usurpación de funciones públicas por parte de Miranda, la Fiscalía confirmó que nunca ejerció funciones, ni fue contratado, ni tuvo vínculo alguno con el Municipio de Panamá.
Ruiz Díaz, abogado y político denunció en febrero que Miranda actuaba como funcionario municipal sin nombramiento. Lo acusó de asistir a reuniones, dar instrucciones a personal y gestionar asuntos institucionales. Todo fue desmentido por documentos oficiales.
Una certificación del Servicio Nacional de Migración, confirmó que Miranda es ciudadano estadounidense sin permiso de trabajo en Panamá, lo que legalmente le impide ocupar cargos públicos. Además, una nota formal del Municipio de Panamá ratificó que no existe ninguna relación laboral ni contractual con Miranda.
Miranda No aparece registrado como funcionario público, no ocupa una posición dentro del Municipio, no ejerce funciones en esta dependencia, bajo ningún cargo como empleado permanente, transitorio b por servicios profesionales. Así tampoco, ha sido designado para supervisar o ejercer funciones propias de un cargo público.
Ruiz Díaz denunció públicamente que Miranda fue asesor de la campaña del ahora alcalde Mayer Mizrachi. Que cuando asumió el cargo continúo laborando para el alcalde, incluso participaba en reuniones con proveedores.
Ante la falta absoluta de delito, la fiscal Adela Cedeño Sanjur ordenó el cierre definitivo del expediente, amparándose en el artículo 275 del Código Procesal Penal. La resolución no deja dudas: las acusaciones fueron falsas y malintencionadas.