Las cifras de impugnaciones de los resultados de las elecciones (2019-2024) reflejan una notable reducción al hacer un estudio de contraste para comparar los dos últimos comicios generales.

Estos resultados sobre el proceso electoral se desprenden del Informe a la Nación, que revela que en la elección del 2019 se presentaron 54 impugnaciones de resultados; mientras que para la elección del 2024 la cifra se redujo a 24 impugnaciones presentadas.

De las impugnaciones de resultados en el 2019, 18 fueron para el cargo de diputado, 6 para alcaldes y 30 para representantes;  a diferencia del 2024 cuando solo hubo 8 al puesto de diputado, una para alcalde y 15 para representantes.

Estos mismos datos también reflejan que de las 54 impugnaciones presentadas en el 2019, solo 5 fueron admitidas y 49 quedaron rechazadas a contrario sensu a las elecciones del 2024, en las que de las 24 presentadas, solo 3 impugnaciones fueron admitidas; mientras que 21 rechazadas.

El procedimiento para interponer una demanda de nulidad de elecciones y proclamaciones se encuentra amparado en el artículo 464 del Código Electoral, que señala lo siguiente: “Toda elección o proclamación podrá ser impugnada mediante demanda de nulidad por los candidatos o partidos afectados y el fiscal administrativo electoral.   El término elección incluye las consultas populares”.

Dentro de la regulación electoral también se contemplan 15 causales para este tipo de demanda y se encuentran detalladas en el artículo 465 del Código Electoral.

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