La decisión de no admitir el Amparo de Garantías presentado por el abogado Cordobés Jean Pierre Mirada, tuvo como ponente a la magistrada Miriam Cheng Rosas, y fue apoyada unánimemente por el resto del pleno
El Pleno de la Corte Suprema de Justicia no admitió el Amparo de Garantías constitucionales presentado por uno de los abogados del ex mandatario Ricardo Martinelli, el Lcdo. Cordobés Jean Pierre Miranda, contra una orden verbal del magistrado del Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales, José Ho Justiniani.
Este Amparo de Garantías, hacía referencia a la solicitud de “de saneamiento” presentada por la defensa de Martinelli, alegando irregularidades cometidas por el Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales, al momento de tramitar un Recurso de Casación, contra la sentencia de la juez penal Baloísa Marquínez, y donde se condenó a Martinelli a 128 meses de prisión y al pago de una multa de $19.2 millones, por blanquear fondos públicos para adquirir las acciones de Editora Panamá América, en diciembre de 2010.
El abogado sostuvo que el Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales le entregó a su cliente el expediente del caso New Business, en una memoria USB faltando fojas del expediente, por lo que estaba incompleta.
La magistrada Maribel Cornejo emitió un voto concurrente. El fallo, aunque adoptado el 7 de diciembre pasado, fue dado a conocer este martes 2 de enero, a través del Edicto No. 1.
Este es el sexto amparo de garantías que tanto la Corte como el Primer Tribunal Superior de Justicia le rechazan al exmandatario, en relación al juicio y sentencia del caso New Business.
La Sala Penal está pendiente de admitir o no un recurso de casación contra la condena impuesta en julio por el Juzgado Primero Liquidador de Causas Penales, ratificada en octubre por el Primer Tribunal Superior de Justicia.