La Ley 6 de 16 de junio de 1987 establece una serie de beneficios a jubilados, pensionados y tercera edad, en distintos servicios tales como cines, teatros, espectáculos públicos, transportes específicos, hoteles, restaurantes, hospitales, farmacias, servicios médicos, préstamos bancarios, electricidad y otros servicios públicos.
Aunque comúnmente esta ley es conocida popularmente como la “Ley de los Jubilados”, sus beneficios abarcan a todos los pensionados y a todos los ciudadanos de 55 años o más si son mujeres y 60 años o más en los varones.
La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), que es la institución encargada de fiscalizar el cumplimiento de la Ley 6, atiende todas las denuncias y realiza verificaciones de oficio. Desde el año 2019 hasta la fecha (16 de junio de 2022) se registran 635 sanciones por B/.144,933.13. De estas, 253 por B/. 50,600.50 fueron aplicadas a restaurantes y franquicias de comidas rápidas por no cumplir con los descuentos del 25 % y 15%, respectivamente; 66 por B/. 29,500.00, debido al incumplimiento de la tasa de interés del 15%; 152 agentes económicos por B/.17,180.00 se multaron por no mantener letrero con el respectivo descuento a la vista.
Por incumplir con el 50% de los gastos o comisión de cierres en las transacciones de préstamos personales y comerciales, la Acodeco sancionó a 18 agentes comerciales (13 bancos, 4 financieras y una cooperativa). Otras de las multas aplicadas, durante estos 3 últimos años, fueron 12 (6,725.00) por no otorgar el 25% de descuento en pasajes aéreos; 31 (B/.6,480.00) a hoteles, moteles y pensiones por falta a los descuentos de 50% y 30%.
Todas las recaudaciones por multas impuestas sobre incumplimento de la Ley 6, son depositadas en el Fondo Especial para Jubilados y Pensionados.
Los descuentos y tarifas especiales, a que tienen derecho estos ciudadanos jubilados, pensionados y de la tercera edad, deben cumplirse por ley. Cabe destacar que, Ley 192 del 23 de diciembre de 2020, establece que los descuentos y concesiones que realizan los comercios, restaurantes, cines, y otros a los jubilados, pensionados y personas de la tercera edad en el territorio nacional serán deducibles 100% como crédito fiscal al impuesto de la renta que deben pagar al Estado. Por lo que no debe haber excusa de los agentes económicos, para cumplir con estos beneficios a los ciudadanos mencionados.
La responsabilidad de la Acodeco solo se limita a fiscalizar la Ley 6 de 1987, que cumple 35 años de ser creada. Existe una guía para resolver las dudas más frecuentes sobre la aplicación de esta ley, que puede consultarse en la página web de esta institución en el siguiente link https://acodeco.gob.pa/inicio/criterios-de-ley-6-de-1987-sobre-beneficios-para-jubilados-pensionados-y-personas-de-la-tercera-edad/